LEY DE AMNISTÍA, DECRETO 8-86
EX-OFICIAL DE INTELIGENCIA S-2, DE LA ANTIGUA ZONA MILITAR No. 21, ACUSADO POR LOS DELITOS DE DESAPARICIÓN FORZADA Y CONTRA DEBERES DE HUMANIDAD DEMANDA LA APLICACIÓN DEL DECRETO 8-86.
El 31 de julio en la audiencia ante los magistrados de la Cámara de Amparos y Antejuicios de la Corte Suprema de Justicia, el abogado defensor del acusado César Cabrera Mejía, ex-oficial de inteligencia (S-2) del Ejército de Guatemala, en el caso de la antigua Zona Militar No. 21, ubicada en Cobán, Alta Verapaz, solicito la aplicación del decreto Ley de Amnistía 8-86, la cual en su único considerando expresa: ..es conveniente conceder amnistía general por los delitos políticos y comunes, conexos acaecidos durante el periodo comprendido del 23 de marzo de 1982 al 14 de enero de 1986...
El delito político, común y conexo, de acuerdo al derecho internacional humanitario, corresponde aquellos delitos de lesa humanidad, es decir, la desaparición forzada, la tortura, la ejecución extrajudicial, el genocidio, delitos que cometieron durante el conflicto armado interno los altos mandos militares en perjuicio de la población civil no combatiente, entre ellos, estudiantes de secundaria y universitarios, catequistas, catedráticos(as), maestros(as), lideres(zas) comunitarios(as), sindicalistas, campesinos(as), ancianos(as), jóvenes y niños(as).
Por qué pedir la aplicación del decreto 8-86, Ley de Amnistía, cuando esta ha sido derogada por el decreto 145-1996, Ley de Reconciliación Nacional, aprobada por el Congreso de la República el 18 de diciembre y publicada en el diario oficial el 27 de diciembre del año 1996, la cual en su artículo 8, dice tácitamente: ..no se aplicará la extinción de responsabilidad penal a los delitos de genocidio, tortura y desaparición forzada.
La acción de amparo interpuesta evidencia la pretensión del acusado César Cabrera Mejía, ex-oficial de inteligencia (S-2) del Ejército de Guatemala, de perpetuar la impunidad, así como, busca retardar maliciosamente el derecho de acceso a la justicia que tienen los familiares de las víctimas de desaparición forzada.
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